lunes, 9 de febrero de 2009

Código Penal, (Atentado)

311.1 CP Los que, mediante engaño o abuso de situación de necesidad impongan a los trabajadores a su servicio condiciones laborales o de Seguridad Social que perjudiquen, supriman o restrinjan los derechos que tengan reconocidos por disposiciones legales, convenios colectivos o contrato individual.

De seis meses a tres años

550 CP

Son reos de atentado los que acometan a la autoridad, a sus agentes o funcionarios públicos, o empleen fuerza contra ellos, los intimiden gravemente o les hagan resistencia activa también grave, cuando se hallen ejecutando las funciones de sus cargos o con ocasión de ellas.

Ej. resistencia grave a un engrilletamiento, puñetazo al Agente o intento de atropello con un vehículo.

No hay comentarios: