jueves, 12 de febrero de 2009

Juicios rápidos

- Plazo de 5 días para presentar el atestado
- Para los delitos de cárcel hasta los 5 años

Se enjuiciará a los 8 días.
Se podrán tramitar tanto las faltas como delitos.

La citación verbal del Agente da fe de que está informado. No hace falta firma

El delito será siempre flagrante

1 Coacciones, amenazas, violencia doméstica, delito de hurto, robo,
2. Delito contra la salud pública (hachis etc.)
3. El delito de lesiones siempre que esté dentro de la violencia doméstica.

Si hay tratamiento médico quirúrgico no irá por JR sino por diligencias previas.

Los delitos contra la propiedad intelectual no suele tramitarse por juicio rápido.

El detenido firmará dos actas, la de lectura de derechos con la hora de la detención y otra delante de abogado.

Al pedir hora para JR, habrá que registrarlo en libro de telefonemas, y además sería conveniente pedir un pantallazo impreso.

Hurto = Juicio rápido

En la cédula de citación habrá que marcar una de las tres.
x denunciando
x perjudicado
x testigo

Nunca se instruyen atestados por accidentes laborales.

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