Delitos privados; titular único de la acción penal.
1. Requisitos subjetivos, Capacidad y legitimación: persona ofencida: art. 215 CP (Nadie será penado por calumnia o injuria sino en virtud de querella de la persona ofendida por el delito o de su representante legal. Se procederá de oficio cuando la ofensa se dirija contra funcionario público, autoridad o agente de la misma sobre hechos concernientes al ejercicio de sus cargos).
2. Requisitos objetivos: Sólo calumnia e injuria.
3. Requisitos de actividad. Necesidad de querella, y presupuestos: Acto de conciliación. a) Debe presentarse la certificación de haberse celebrado sin avenencia o de haberse intentado sin efecto. b) Licencia del juez o tribunal. Para la calumnia o injuria vertidas en juicio.
4. El ofendido dispone: a) Iniciación del proceso, b) Conclusión, puede producirse por perdón y renuncia.
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