jueves, 16 de abril de 2009

La abogacía del Estado

Según el art. 551.1 de la LOPJ la representación y defensa en juicio del Estado y de sus organismos autónomos. Las Abogacías del Estado asumen en el proceso penal, o en el civil acumulado, las siguientes funciones:
1. Si Estado perjudicado: acusador particular y acción civil
2. Defensa de funcionarios
3. Defensa del estado responsable civil

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